SISTEMA
JURICO.
DEFINICIÓN PERSONAL:
Es un conjunto de instituciones gubernamentales
con normas jurídicas, actitudes y creencias
vigentes sobre un territorio determinado. Con el deber de aplicar, enseñar y
crear, normas que vallan de acuerdo con el tiempo y espacio en el que se esta
viviendo, con esto se tendrá una mejor regulación al comportamiento en
sociedad.
Sistemas jurídicos en palabras de Eduardo García Maynes: “Es el conjunto de normas jurídicas objetivas
que están en vigor en determinado lugar y época, y que el Estado estableció o
creo con el objeto de regular la conducta o el comportamiento humano.”
Todo sistema debe ser conformado por conductas en reciprocidad
a las vivencias de cada nación, como de un hecho normativo que regule a los órganos y procedimientos locales.
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